En este post abordamos algunos de los retos laborales que se presentan para el año 2021 en diferentes materias como la igualdad, los derechos digitales, el salario mínimo, la jubilación forzosa o las condiciones laborales de los trabajadores de las contratas o de las plataformas digitales.
Durante el pasado 2020, a la dramática situación sanitaria le ha acompañado una vorágine legislativa que, por un lado, ha procurado la adaptación de las relaciones laborales a los nuevos tiempos (como pretendió el Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia) y, por otro, ha multiplicado las regulaciones sobre cuestiones que habían sido objeto de reforma apenas un año antes. Es el caso de la normativa en materia de igualdad (a través del Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación), en la que los reglamentos de desarrollo publicados recientemente han introducido reformas de tanto calado como el propio real decreto-ley del año 2019.
El 2021 promete resultar asimismo particularmente intenso en su producción legislativa. En el horizonte más cercano existen diversas iniciativas (algunas de ellas con origen en antiguas proposiciones de ley) que parece que serán objeto de debate durante los próximos meses.
En primer lugar, nos encontramos con la nueva propuesta de actualización del salario mínimo interprofesional (SMI). Los últimos años han venido caracterizados por una subida exponencial del SMI, que ha aumentado desde 735,90 euros (en 2018) a 950 euros en tan solo dos años. Últimamente parece cuestionado el incremento para 2021, a la espera de que se alcance un acuerdo en el diálogo social. Se mantiene la duda de si, en el caso de llevarse a cabo, supondrá una subida del 0,9% o si, tal y como se reflejaba en la propuesta inicial del Gobierno, se reconsiderará la postura para que el SMI alcance el importe de 1.000 euros en 14 pagas. Por otro lado, un asunto que se encuentra actualmente en la mesa de diálogo con los agentes sociales es la denominada “Ley Rider” cuyo contenido pretende regular las condiciones de quienes prestan servicios para las plataformas digitales. La existencia de diversas sentencias que declaran la naturaleza laboral de la relación con los repartidores autónomos (entre las que destaca la de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 23 de septiembre de 2020), ha generado grandes inseguridades en los diferentes actores de este sector (incluidos los propios repartidores) que ha conllevado la necesidad de realizar un planteamiento global, que avance en una regulación de este tipo de relaciones y su naturaleza.
Asimismo, resurge con fuerza un planteamiento que ha ganado enteros en los últimos meses y que no es otro que la regulación de las condiciones laborales de los trabajadores de las empresas contratistas y subcontratistas. Sin resultar un planteamiento novedoso (existe una proposición de ley en este sentido del Grupo Parlamentario Socialista que data del mes de septiembre de 2016), el Gobierno ha vuelto a poner encima de la mesa su intención de aprobar una ley que mejore las condiciones de los trabajadores de empresas contratistas y subcontratistas, para garantizar la igualdad de sus condiciones laborales con las de los trabajadores que prestan servicios en la empresa principal, tanto desde un punto de vista salarial como en el resto de condiciones laborales de carácter colectivo. En este punto, la incidencia de la reciente sentencia del Pleno del Tribunal Supremo de 29 de diciembre que, variando doctrina anterior, considera que la contratación temporal basada en la existencia de una contrata no puede considerarse justificada, tendrá una incidencia fundamental.
En otro orden de cosas, el pasado mes de noviembre pudimos ver cómo se sometía a información pública la propuesta de Carta de derechos digitales. Su objetivo es regular los principios comunes que deben inspirar tanto las políticas públicas como los proyectos normativos en el marco de la protección de los derechos individuales y colectivos en un escenario marcado por una alta carga digital en las relaciones entre las empresas, personas e instituciones. Entre los derechos que se regulan en la propuesta podemos citar la protección de datos, la identidad en el entorno digital, el pseudoanonimato, la seguridad digital o el derecho a la igualdad y a la no discriminación en el entorno digital.
No podemos pasar por alto, además de las anteriores, la propuesta menos madura desde la perspectiva de la tramitación parlamentaria –pero las más mediática y con mayor impacto en el mercado laboral–. Estamos hablando de la semana laboral de 4 días.
Dicha propuesta, que aún carece de soporte en forma de proposición de ley, surge inicialmente como una enmienda al articulado en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 por parte del Grupo Plural del Parlamento. En los próximos meses veremos si cristaliza en alguna propuesta en firme o si, simplemente, queda en el eco mediático surgido en las últimas semanas.
Por último, debemos hacer referencia a diversas novedades que en diferentes ámbitos parecen vislumbrarse para principios de 2021. Por un lado, en materia de igualdad se espera la aprobación de la orden ministerial anunciada en la disposición final primera del Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, que desarrolle el procedimiento de valoración de los puestos de trabajo que viene establecido en el citado reglamento. De igual manera, en el plano de la Seguridad Social, parece anunciarse una nueva prohibición del establecimiento en los convenios colectivos de cláusulas de obligación de acceso a la jubilación ordinaria una vez cumplida la edad legal (recordemos que el Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre volvió a introducir la posibilidad de extinción del contrato de trabajo por cumplimiento de la edad legalmente establecida, siempre que tal posibilidad viniera prevista en convenio colectivo, respetando determinadas condiciones), así como el establecimiento de medidas que desincentiven el acceso a la jubilación anticipada de los trabajadores.
En definitiva, parece que el panorama legislativo del presente año no se agotará en nuevas regulaciones y renovaciones normativas que encuentran su razón de ser en el tema estrella de 2020 (emergencia sanitaria del COVID-19), sino que se vislumbran profundas reformas que deberemos examinar con atención una vez tengamos más noticias al respecto.
Departamento Laboral de Garrigues