El 28 de abril se celebra el Día Mundial de la Seguridad y la Salud en el Trabajo, proclamado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT). La celebración consiste en una campaña internacional cuyo propósito es promover el trabajo seguro, saludable y digno. Igualmente, se rinde homenaje a las víctimas de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales. Actualmente, una de las cuestiones que más preocupan es el impacto del teletrabajo en la salud laboral.
El 2 de febrero de 2022, la OIT hizo público un nuevo informe técnico sobre el teletrabajo saludable y seguro, elaborado junto con la Organización Mundial de la Salud (OMS), en el que los dos organismos de las Naciones Unidas exponían recomendaciones para que el trabajo híbrido y el teletrabajo sean seguros y productivos.
Las medidas sociales y sanitarias introducidas a raíz de la pandemia del COVID-19 dieron como resultado una transición sin precedentes al teletrabajo en muchos sectores y regiones de todo el mundo. En Europa, por ejemplo, la proporción de trabajadores que desarrollaban sus funciones mediante el teletrabajo aumentó del 11% al 48% durante la pandemia.
Ante este escenario, se comenzó a hablar mucho sobre los beneficios que aportaba el teletrabajo, señalándose la mejora del equilibrio entre la vida laboral y la personal, la posibilidad de un horario flexible que permita la realización de actividad física, la reducción del tráfico en las ciudades y del tiempo en desplazamientos y la minoración de la contaminación atmosférica. Todo ello puede contribuir a mejorar la salud física y mental de los trabajadores. Además, el teletrabajo también puede suponer un aumento de la productividad y una reducción de los costes operativos para muchas empresas.
No obstante, en el informe publicado por la OIT se advierte de que, sin la debida planificación y sin prestar atención a la salud y a la seguridad de los trabajadores, el teletrabajo puede tener consecuencias nefastas en la salud física y psicológica y el bienestar social de quienes lo desempeñen. Puede derivar en aislamiento, soledad, estrés y ansiedad, problemas musculoesqueléticos y fatiga ocular, entre otros.
Los gobiernos, las empresas y los trabajadores, además de los servicios de salud laboral, deben centrarse en evitar o minorar al máximo esos riesgos, tal y como se viene estableciendo por la OIT desde la publicación del Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores, 1981 (núm.155).
Entre las medidas que el informe considera que deben poner en marcha las empresas figuran: velar por que los trabajadores reciban el equipo adecuado para desarrollar sus tareas; proporcionar la información, las directrices y la formación pertinentes para reducir el efecto psicosocial y en la salud emocional del teletrabajo; formar a los directivos en la gestión eficaz de los riesgos, la gestión a distancia y la promoción de la salud en el lugar de trabajo; y establecer el “derecho a la desconexión” y a días de descanso suficientes.
En lo que respecta a los servicios de salud laboral y prevención de riesgos laborales, se establece que estos deben estar capacitados para prestar asistencia en salud ergonómica, mental y psicosocial a quienes desarrollan teletrabajo, mediante la ampliación de sus canales de prestación. Los nuevos canales podrían incluir el uso de aplicaciones móviles que permitan la realización de consultas inmediatas, el desarrollo de evaluaciones de riesgos online y la implantación de herramientas digitales que permitan dar apoyo en materia de salud mental.
Ante este significativo día, es importante no olvidar la multitud de beneficios del teletrabajo en la salud física y mental de los trabajadores. Sin embargo, es preciso que esta modalidad de prestación de servicios se desarrolle sin riesgos para la salud y la seguridad de los trabajadores, atendiendo en todo caso a la regulación de nuestro ordenamiento jurídico.
Fernando Pomposo
Departamento Laboral de Garrigues