Italia ha aprobado recientemente medidas dirigidas a reducir el impacto medioambiental de los desplazamientos ‘in itinere’ de sus trabajadores. Es posible que otros países de la Unión Europea decidan dar pasos en el mismo sentido, por lo que podría ser el inicio de una nueva tendencia en el futuro de la movilidad laboral sostenible.
La adopción del llamado “Pacto Verde Europeo” ha venido impulsando la aprobación de normas por parte de los distintos Estados miembros dirigidas a reducir las emisiones en su territorio. Entre los impulsores de esta tendencia se encuentra Italia, que mediante la adopción del Real Decreto Ley No. 34/2020 y los Decretos No. 179 de 12 de mayo de 2021 y No. 209 de 4 de agosto de 2021 ha configurado la obligación de que las empresas implementen un plan dirigido a reducir el impacto medioambiental derivado de los desplazamientos in itinere de sus trabajadores. Dicha medida ha sido objeto de repetidos elogios, alcanzando así cierta popularidad en el ámbito de la Unión Europea, por lo que es muy posible que en el futuro próximo otros Estados europeos sigan el mismo camino, entre ellos España. Sin embargo, ¿en qué consiste esta medida realmente?
El modelo italiano ha optado por una implementación progresiva, estableciendo obligaciones que las empresas deberán ir cumpliendo según se acerque la fecha límite designada. También ha optado por una aplicación variable, conforme a la cual las empresas se ven sujetas a distintos estándares según su composición orgánica y localización. La medida estrella, a la que se ven obligados aquellos centros de trabajo con más de 100 empleados que se encuentren situados en un municipio de más de 50.000 habitantes, incluye la designación de un mobility manager y la implementación de un home-work travel plan.
A este nuevo cargo, el del mobility manager, se le atribuyen funciones relacionadas con el diseño, la implementación y la supervisión del plan de movilidad. En particular, el mobility manager se debe encargar de preparar el plan, así como de trabajar para su implementación de tal forma que se involucre al resto de empleados en plantilla. También debe supervisar dicha implementación y la actuación de los trabajadores en este sentido, evaluando a los mismos. Finalmente, también tiene como responsabilidad la identificación de puntos críticos, así como de posibles mejoras respecto a la versión original del plan.
Por otra parte, el plan debe tener una doble dimensión operativa y formativa, y debe estar dirigido a reducir el uso del transporte individual por los empleados, incentivando a los mismos a que prioricen el uso de formas de movilidad sostenibles.
La normativa citada, siguiendo con la tradición internacional en tratados de materia medioambiental, no establece sanciones ni mecanismos de coacción. Sin embargo, teniendo en cuenta la especial delicadeza del momento que la sociedad atraviesa en su relación con el entorno natural, el incumplimiento por parte de las empresas podría degradar severamente su imagen y reputación.
En definitiva, durante los últimos años se constata un cambio de paradigma en cuanto a la responsabilidad corporativa en materia medioambiental y esta nueva medida, adoptada en el ámbito laboral, representa un nuevo síntoma de ello. En los tiempos venideros veremos si la figura del mobility manager está llamada a expandirse y si se consolida esta tendencia que puede marcar el futuro de la movilidad laboral in itinere.
Departamento Laboral de Garrigues