El 1 de enero de 2.006 entró en vigor la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, conocida como Ley Antitabaco, que, entre otros aspectos, establecía la prohibición de fumar en el centro de trabajo salvo en zonas al aire libre.

Como era previsible, esta prohibición supuso un cambio en los hábitos de muchos empleados, que pasaron de poder fumar en sus puestos de trabajo a tener que ausentarse de los mismos para salir al exterior cada vez que quisieran fumarse un cigarrillo.

Aunque muchas empresas, principalmente en sectores industriales que miden y controlan el tiempo de trabajo de sus empleados, implantaron, si no lo habían hecho antes, la prohibición de fumar fuera del tiempo previsto para los descansos programados, lo cierto es que son múltiples las entidades en las que hoy en día ese control no existe y los trabajadores salen a fumar con la frecuencia (y duración) que cada trabajador fumador estima oportuna.

Estos hábitos no son exclusivos de países de nuestro entorno, sino que están presentes en empresas de todo el mundo, constituyendo un factor que va en detrimento de la productividad laboral y la competitividad empresarial.

Por ello, a pesar de las diferencias culturales y laborales, hemos querido reseñar la medida adoptada recientemente por una entidad japonesa con el fin de:

  • Fomentar un cambio de hábitos por parte de los trabajadores fumadores.
  • Compensar a aquellos trabajadores no fumadores por el mayor tiempo y dedicación en su desempeño laboral respecto de los fumadores.

Así, esta empresa, tras la queja de un empleado (entendemos que no fumador) a través del buzón de sugerencias, tomó la decisión de otorgar a sus trabajadores no fumadores el derecho a disfrutar de seis días adicionales al año de vacaciones para contrarrestar y compensar todo el tiempo que sus compañeros fumadores dedican diariamente a este hábito (la empresa estimó unos 15 minutos por cigarrillo, al ubicarse en la planta 25 de un edificio), medida que ha sido bien recibida por la plantilla de dicha empresa en un país que no destaca por un extenso periodo vacacional para los empleados (16´5 días anuales de media).

Gracias a esta medida, algunos trabajadores fumadores han abandonado el hábito y optado por incrementar sus días de vacaciones anuales, sumándose al colectivo de los no fumadores.

No son pocos los interrogantes que surgen acerca de cómo gestionar una medida como ésta: ¿realmente esta medida ayuda a mejorar la productividad del personal? ¿qué ocurre si el trabajador fumador compensa el tiempo que dedica a fumar con una mayor jornada diaria? ¿cómo se controla qué trabajadores fuman y cuáles no? ¿y si se dedica el tiempo dedicado a fumar a asuntos laborales? ¿significa ello que todo el tiempo de presencia en el puesto de trabajo se dedica exclusivamente a asuntos laborales?

De lo que no cabe duda es de que se trata de una medida innovadora con un marcado fin social en términos de salud y de búsqueda de una mejora de la productividad, que tal vez veremos en el futuro replicar a otras corporaciones.

Nicolás Clark

Departamento Laboral de Garrigues