¿Es posible despedir por correo electrónico?

‘Tiene un nuevo ‘email’. Asunto: está usted despedido’. Correos electrónicos como este pueden ser válidos si se puede acreditar que el empleado lo ha recibido y que esta es la vía de comunicación habitual entre las partes.    El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha aceptado que una finalización del contrato de trabajo comunicada […]